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7 julio 2020

Domingo Carbajo: 'La economía digital está basada en la competencia desleal y genera desventajas laborales y personales'

Domingo Carbajo: 'La economía digital está basada en la competencia desleal y genera desventajas laborales y personales'

La Fundación Alternativas organizó un debate on-line titulado ‘Fiscalidad del siglo XXI: El impuesto sobre determinados servicios digitales’, con el objetivo de analizar la irrupción de las grandes empresas digitales en la economía mundial, que ha dado lugar a nuevas formas de generar valor que exigen una adaptación de las normas fiscales. Éstas fundamentan el derecho de los países a gravar los beneficios transnacionales en la presencia física. Sin embargo, los modelos de negocio digitales apenas necesitan soporte físico para llegar a los mercados y obtener beneficios. Ante ello, varios foros internacionales están debatiendo sobre nuevas formas de imposición para la economía digital.

Pero la dificultad de alcanzar consenso en cuanto a las propuestas barajadas, ha provocado que varios países hayan lanzado unilateralmente sus propios impuestos digitales nacionales, a veces inconexos y de distinta naturaleza. Actualmente, un Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales se encuentra en fase avanzada de tramitación en el Congreso. A la luz del contexto internacional, es especialmente pertinente en este momento proceder a un análisis de las características de este Proyecto de Ley, de su estimada capacidad recaudatoria en estos tiempos de pandemia, así como de su impacto económico sobre las empresas y consumidores. Moderado por José Luis Escario, experto del Consejo Económico y Social Europeo, el encuentro virtual contó con varios expertos en la materia.

Domingo Carbajo, inspector de Hacienda, afirmó que “existe un error histórico” que se inicia sobre el año 2000, cuando la OCDE “interpretó” que el comercio electrónico era un “elemento tecnológico positivo”, pero el tratamiento tributario debía ser “neutral”, y en esta perspectiva de neutralidad, bastaba con “hacer pequeños cambios” en el Artículo 5 del modelo de convenio de la OCDE, que es el que “regula el establecimiento permanente”, figura esencial para la tributación de las rentas empresariales en otro país -junto con el Artículo 7-. Pero “no nos dimos cuenta de algo esencial: las relaciones productivas son deductivas y las tecnologías de la información y las comunicaciones transforman la sociedad y están alterando las relaciones productivas y la sociedad”.

Jorge Onrubia, de ICEI-UCM y FEDEA, aseguró no tener dudas de que el “multilateralismo”, llevado a su “máxima amplitud”, como pretende el marco inclusivo de BEPS, sería la “solución óptima”, pero la posición política de Trump condiciona la situación, “aunque dudo que fuera distinta” con otro inquilino en la Casa Blanca. Pero la posición de la UE en 2019, “confiando el resultado a lo que saliese del marco inclusivo de BEPS, le concedió a la OCDE un nuevo aire para liderar el proyecto, pero minusvalorando las posiciones de países como Estados Unidos, que concentra el capital de los gigantes tecnológicos”.

Saturnina Moreno, catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la UCLM, sostuvo que “si el impuesto español llegase a aprobarse, es lógico pensar que las multinacionales que se viesen afectadas planteasen batalla judicial”. Pero la “compatibilidad” de esta figura tributaria puede plantear problemas desde la óptica de su “conciliación” con los convenios para evitar su doble imposición, así como generar problemas de “incompatibilidades con el Derecho de la UE”.

A su juicio, la compatibilidad de estas figuras tributarias con los convenios para evitar la doble imposición es una “cuestión íntimamente relacionada con la naturaleza jurídica de estos impuestos”, aunque están más “próximas” a los directos que a los indirectos. En cualquier caso, “si consideramos al impuesto español como híbrido, a caballo entre los directos y los indirectos, se suscita mucha inseguridad jurídica sobre la conciliación de estas figuras tributarias con los convenios para evitar la doble imposición. Estados Unidos es el país que está poniendo más trabas a este tipo de figuras, pero el convenio de doble imposición suscrito con España no hace referencia al Artículo 2 de impuestos sobre la renta, sino que se refiere únicamente al IRPF y al impuesto de sociedades, por lo que habría que analizar si el posible futuro impuesto español cae en el Artículo 2 o queda fuera”.  

José Luis Zimmermann, director general de Adigital, aclaró que “Europa necesita un mercado único digital”, y una armonización clara en todo lo que tiene que ver con la “gobernanza y los marcos normativos” en el ámbito digital. “No estamos generando la actividad económica digital suficiente para que las empresas puedan crecer y competir a escala global. Pero hay todavía margen para llegar a un acuerdo supranacional, tanto en la OCDE como en el ámbito europeo. El establecimiento permanente es un punto relevante, pero hay muchos detalles alrededor del impuesto que van a dificultar su gestión; y la imposición directa o indirecta es también un punto a discutir”.

"EL PRECIO SOMOS LOS USUARIOS"

Según Carbajo, la verdadera “capacidad” de la economía digital no es el “beneficio”, sino los “datos del usuario: la intimidad, la obtención de información de cada uno de nosotros, porque no es verdad que sea gratis, ya que, realmente, el precio somos los usuarios”. A su entender, la economía digital es “inexorable, pero genera grandes desventajas en el ámbito del trabajo o de las relaciones personales y está basada en la competencia desleal: paga impuestos en países de baja tributación”.

Según el experto, “la estructura productiva de la economía digital nos lleva a una ruptura de valor, ya que no se establece una relación de beneficio en los mercados debido a que la empresa que obtiene el beneficio, a través de los datos del usuario, no paga en relación al mercado que crea y que consume sus servicios y prestaciones: esto es insostenible”. A partir de 2018 se plantea una “posibilidad de consenso”, pero las multinacionales han retrasado sine die una “mínima tributación internacional”, que no se ha conseguido por el “unilateralismo” estadounidense. Amparadas en el argumento de esperar al consenso “siguen” sin tributar, y es “inaceptable con la crisis social y las necesidades de recursos que tenemos, que nos van a llevar a una subida de impuestos”.

Para Onrubia, las propuestas de la UE han estado “muy condicionadas” por su esquema de gobernanza, ya que dentro de la Unión existen “realidades fiscales muy distintas”, lo que supone un gran problema que habría que “resolver”, porque países como “Irlanda, Luxemburgo u Holanda” juegan a estrategias de planificación fiscal “agresivas”. Esto es debido a una “pérdida de eficacia” de la coordinación fiscal internacional, pero no es un “problema exclusivo” del negocio digital, sino un problema general que ha combinado la “globalización con la digitalización”. El modelo a largo plazo de la UE, “apoyado en la base imponible común consolidada, es una solución ambiciosa pero más técnica y completa que la de la OCDE”.  

Diego López Garrido, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Alternativas, apuntó que “estamos ante un tema crucial, ya que los gigantes digitales tienen más poder que los Estados y pagan menos de los que deben. Estas compañías no están adaptadas al sistema tributario tradicional y generan elusión fiscal, ya que aprovechan su modelo de negocio para situar sus beneficios en lugares con mejores condiciones de tributación”.

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