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Propuestas para mejorar la situación laboral de los artistas con el modelo francés como referente
Propuestas para mejorar la situación laboral de los artistas con el modelo francés como referente
Precariedad e incertidumbre. Estas son las características más destacadas y preocupantes de la situación laboral de los artistas en España. En este sentido, Nicolás Sartorius, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Alternativas, e Inmaculada Ballesteros, directora del Observatorio de Cultura y Comunicación, presentaron el documento titulado 'Estudio comparado entre el modelo intermitente francés y el modelo español de contratación temporal de artistas en espectáculos públicos en el marco de la doctrina emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea'.
El trabajo, que fue presentado recientemente en la Subcomisión del Congreso dedicada a la elaboración del Estatuto de Artista, es una contribución para mejorar la situación inestable de un sector decisivo para la economía española, ya que cuenta con medio millón de trabajadores y representa cerca del 4% del PIB. Estos son los puntos más destacados que propone el informe:
– La implantación en España de la prestación asistencial de regreso al empleo de los trabajadores intermitentes. Su finalidad es garantizar unos ingresos compensatorios, durante un periodo de tiempo concreto, a aquellos trabajadores involuntariamente desprovistos de empleo y que reúnan unos concretos requisitos de carencia, edad, aptitud física, inscripción como demandantes de empleo, etc. En el supuesto de reunir dichos requisitos, el trabajador tendrá derecho al percibo de una prestación no inferior a 44 euros diarios durante 243 días. En el caso español habría que ponerlo en proporción al nivel de salarios entre España y Francia.
– La reforma de Artículo 5 RD 1435/1985 y, en concreto, la incorporación de una referencia expresa a la encadenación de contratos temporales en el sector artístico y la aplicación del Artículo 15.5 ET en estos supuestos, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 1999/70/CE, de Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y la CEEP sobre el trabajo de duración determinada, así como a la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
– El aumento de la cuantía por finalización de contratos temporales artísticos (en este momento es de 7 días de salario por año de trabajo cuando el contrato, incluidas en su caso las prórrogas, sea superior a un año), para equipararla al menos a la correspondiente extinción de los contratos temporales ordinarios (de 12 días de salario por año trabajado).
– La creación, al igual que existe en Francia, de un Servicio de Empleo Público de Espectáculos Públicos o, al menos, de una unidad o departamento especializado en espectáculos en el Servicio Público de Empleo Estatal.
– La creación y posterior actualización periódica de una base de datos con los trabajadores, artistas o técnicos del sector audiovisual por parte del Servicio Público de Empleo.
Según Nicolás Sartorius, “la Fundación Alternativas pone sobre la mesa estas propuestas ya que en España existe una gran tasa de temporalidad y el espíritu del Estatuto de los Trabajadores es la fijeza. Hay que buscar fórmulas para que los artistas puedan vivir en los periodos de intermitencia”.
Por su parte, Inmaculada Ballesteros afirmó que “nuestra iniciativa es totalmente viable para contar en nuestro país con un Estatuto del Artista, y tomando como referencia el salario mínimo interprofesional debería equipararse con el modelo francés”.